Acoso. Servicio de Asuntos Sociales, Universidad de Salamanca

 

Acoso

Desde la unidad de apoyo social se interviene en situaciones de acoso a estudiantes, a personal de administración y servicios o a profesorado, dentro de lo estipulado por los respectivos reglamentos de prevención del acoso en la Universidad de Salamanca.

¿Qué se considera acoso?

Según el tipo de conducta que se ejerce, puede ser acoso moral o psicológico, sexual, patrimonial, etc. Atendiendo a las causas, puede darse por razón de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, identidad de sexo, estado civil, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social.

¿Cuándo podemos intervenir?

Principalmente, cuando consideras que sufres acoso por:

 

  • Estudiantes
  • Miembros del Personal Docente e Investigador (PDI) o del Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios (PTGAS) de la Universidad de Salamanca.
  • Miembros del personal de entidades externas que presten servicios en instalaciones de esta Universidad.
  • Miembros del personal de entidades en las cuales el estudiante se encuentre realizando Prácticas Externas en virtud de un convenio de cooperación educativa.

 

Y siempre que el acoso se dé en las instalaciones de la Universidad de Salamanca (de estudio, de residencia, deportivas, administrativas u otras), o fuera de ellas, siempre que en este último caso la conducta de acoso tenga lugar en relación con algún acto o actividad, académicos o no, organizados por miembros de la comunidad universitaria (prácticas académicas, comunicaciones electrónicas relacionadas con cuestiones académicas, etc).

Fases de intervención

Comunicación

 

Las conductas de acoso pueden ser comunicadas por la víctima o por cualquier miembro de la comunidad universitaria que tenga conocimiento de las mismas. Para poder iniciar la intervención, será necesario identificar a víctima y persona/s que acosa/n, y también contar con el consentimiento expreso de la primera.

Valoración

 

Se evalúa la situación, asesorando adecuadamente a la persona y solicitando el establecimiento de medidas cautelares y/o promoviendo medidas de apoyo, si fuera necesario.

Intervención

 

Se interviene en la situación, promoviendo distintas actuaciones en función del carácter y la gravedad de los hechos denunciados. Puede proponerse lo siguiente:

 

  • Orientación a la presunta víctima en la definición de los hechos y acciones a tomar para la defensa de sus derechos (Ej: vía Comisión de Docencia del centro, etc).

 

  • Mediación informal y preventiva entre las partes identificadas, previa a cualquier denuncia.

 

  • Inicio de procedimiento formal ante la Comisión de Prevención del Acoso a Estudiantes de la Universidad de Salamanca.

 

  • Comunicación de la situación al rector/a por si los hechos pudieran ser causa de despido disciplinario o constitutivos de falta laboral, infracción administrativa de estudiantes o miembros del personal de la Universidad o delito vinculados a cualquiera de las modalidades de acoso contempladas por el ordenamiento jurídico.

 

  • Establecimiento de medidas de apoyo social y psicológico.

 

  • Derivación a recursos externos a la USAL por tratarse de situaciones no incluidas (actores o contextos externos a la universidad).
¿Qué garantías tiene?
  • Protección de la dignidad de la persona, intimidad e integridad de las personas afectadas.
  • Presunción de inocencia.
  • Confidencialidad y anonimato.
  • Información.
  • Derecho a la protección de datos.
¿Dónde puedes acudir?

La persona que se considere acosada podrá dirigirse al Servicio de Asuntos Sociales (SAS), como instancia responsable, entre otras cosas, de la recepción, atención, asesoramiento, ayuda, orientación e información.

 

Unidad de Apoyo Social

Patio de Escuelas, 6, planta baja
37008, Salamanca

apoyosocial@usal.es

Teléfono: (+34) 923 294 500 –  Ext. 3083
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00h.

Reglamentos

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